El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció que a partir del 1 de mayo de 2025 los comercios que utilizan boletas electrónicas o medios de pago electrónicos deberán entregar obligatoriamente boletas impresas.
La medida tiene como propósito fortalecer el cumplimiento tributario respecto al IVA y combatir la evasión fiscal, por lo que se implementará la emisión de un documento tributario por cada transacción presencial.
El subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII, Patricio Muñoz, señaló que la iniciativa busca que el impuesto recaudado en cada compra llegue a las arcas fiscales. “La entrega de la boleta o comprobante de pago es obligatoria, independientemente del método de pago utilizado. Esto refuerza la transparencia y deja un respaldo de las compras realizadas”, explicó.
Según la Resolución N.° 12 del 17 de enero publicada por la entidad, los comercios deberán cumplir con las siguientes disposiciones:
- Pagos en efectivo o transferencia bancaria: será obligatoria la entrega de la boleta impresa.
- Pagos con tarjetas u otros medios electrónicos: se deberá entregar la boleta impresa y/o el comprobante de pago (voucher), dependiendo del modelo de emisión del comercio.
En tanto, el envío de boletas por medios virtuales —como correo electrónico o WhatsApp—, seguirá siendo opcional, pero no reemplazará la obligatoriedad de la boleta impresa.
En el caso de aquellos comercios que aún no cuenten con dispositivos de impresión, el SII dispuso que tendrán plazo hasta el 1 de marzo de 2026 para adecuarse a las nuevas exigencias. Mientras tanto, deberán entregar obligatoriamente las boletas y comprobantes de manera virtual.
De acuerdo con lo explicado por el organismo, este cambio les permitirá optimizar sus esfuerzos de fiscalización e identificación de posibles casos de evasión fiscal, contribuyendo así a una mayor recaudación y transparencia.