El pasado domingo 30 de junio las comunas de Colina, Lo Barnechea, Las Condes, La Florida, La Reina, Peñalolén, Antofagasta y Quilpué realizaron la consulta ciudadana que buscó conocer qué opina la ciudadanía sobre establecer una restricción horaria para adolescentes. Esto con el propósito de disminuir los niveles de consumo de alcohol y drogas en los jóvenes de dichos sectores.
Los resultados revelaron que la mayoría de los votantes apoyó la iniciativa. De las 120.772 personas que votaron, 103.312 aprobaron la medida, mientras que 17.555 se opusieron. A pesar de estos resultados, se ha cuestionado, en cierta medida, la representatividad de la encuesta, ya que solo el 8,9% de las 1.353.597 personas habitadas para votar participó en la consulta.
Votación en la Cámara de Diputados
El pasado 11 de julio, y tras los análisis de la encuesta, se votó en la Cámara de Diputados una moción que regula la convocatoria a plebiscitos comunales. Con 127 votos a favor, 5 en contra y 14 abstenciones, el parlamento aprobó la ideal de legislar el proyecto que modifica la Ley 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, en materia de convocatoria a plebiscitos comunales, como lo que fue la consulta ciudadana para la restricción horaria.
Consigna el Diario Constitucional que la iniciativa, que se someterá a indicaciones en la Comisión de Gobierno de la Cámara, “busca modificar los requisitos que establece la normativa vigente, tanto para poder convocar a plebiscitos comunales a requerimiento de la ciudadanía, como para que los resultados de los mismos sean vinculantes, con el fin de avanzar desde una democracia formal hacia una democracia más efectiva, orientada a la base social”.
En detalle, el texto indica que para llamar a consulta, se deberá acreditar ante notario y oficial del Registro Civil, el 10% de las firmas de los ciudadanos que sufragaron en la última elección municipal.
En tanto, se señala que los resultados recién serán validados si el 35% del padrón habilitado vota. En este punto, cabe destacar que solo el 8,9% de las personas habilitadas para votar participaron en la encuesta ciudadana de la restricción horaria. En tanto, en el caso de Colina, el 8,1% del universo de votantes participó en la consulta.
Por otra parte, la moción votada establece que habiendo cumplido los requisitos para llamar a plebiscito, el alcalde de la comuna tendrá la facultad para anunciar el decreto, que deberá publicarse en el Diario Oficial. Tras esto, en 120 días deberá celebrarse la consulta.
Impresiones de la votación
Sobre la moción, el diputado Cristóbal Urruticoechea (RN) afirmó que es crucial asegurar la “transparencia y claridad” del proceso. Junto con esto, destacó la necesidad de que se garantice la “información suficiente a la ciudadanía para tomar una decisión u otra (…) la ley debe consagrar el principio de buena fe”, consignó Publimetro.
Por su parte, Daniel Ibáñez, presidente de la Fundación Participa, fue crítico con respecto al esquema que tuvo la consulta pasada. En este sentido, indicó que “mostró un alto nivel de improvisación, lo que queda de manifiesto en la baja convocatoria de un proceso que fue bastante publicitado por la polémica de la medida. Sin duda podría haberse hecho de manera distinta, con seriedad y responsabilidad, pero esto resultaba difícil considerando que la consulta en sí era irresponsable”.
En tanto, el alcalde de TilTil, Nelson Orellana, señaló al citado medio que “espero que la ley que comenzará a discutirse en el Congreso, contemple la posibilidad de contar con un apoyo estatal importante, de manera de hacer una elección no solamente transparente, sino también competitiva e informada”. CHH