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Acoso callejero: Ministerio Público envía guía a fiscales para que comprendan este tipo de faltas

El objetivo es que logren distinguir estas situaciones y sancionen a los infractores

El Ministerio Público entregó a sus fiscales guías sobre el acoso callejero. El propósito de esta iniciativa tiene por objetivo instruir a los profesionales sobre este tipo de faltas que son sancionadas desde mayo de 2019

“Estimadas y estimados asesores regionales, les remitimos la minuta sobre la Ley N° 21.153, que introdujo modificaciones en el Código Penal para tipificar el acoso sexual en espacios públicos. Les solicitamos asegurar la adecuada distribución de este documento”, precisó el correo enviado a los fiscales por Maurizio Sovino, abogado asesor de la Unidad Especializada de Derechos Humanos de la Fiscalía Nacional. 

En un documento de 12 páginas,  el Ministerio Público explicó a todos los fiscales del país las faltas relacionados al acoso callejero y el tipo de sanciones que recibe cada uno. «La ley sanciona las siguientes acciones: actos de carácter verbal (frases, gritos, murmullos, sonidos y los llamados ‘piropos’) y gestos (tocarse los genitales, muecas faciales, movimientos corporales por los que se simule un comportamiento sexual, entre otros», indica el artículo enviado.

Asimismo, señala que el acoso es considerado como «acercamientos o persecuciones, actos de exhibicionismo obsceno (como exhibición de genitales) y actos de contenido sexual explícito (masturbación u otra acción similar)». 

La Ley no permite detenciones

De igual manera, el documento indica que los presuntos responsables de cometer acoso callejero no podrán ser detenidos en flagrancia, es decir: cuando son descubiertos cometiendo el hecho. Esto se debe a que el acoso no es considerado un delito como tal. 

Al respecto, la diputada RN Marcela Sabat se mostró a favor de modificar la Ley. «La norma fue implementada con vacíos en varios aspectos. El primero, respecto a la detención en caso de flagrancia, lo que sería fundamental en las situaciones de acoso callejero, en especial por un asunto de prueba, ya que la flagrancia permite que el personal aprehensor pueda dar fe de los hechos que se cometieron, lo que resulta trascendental para obtener una condena por este delito», enfatizó la parlamentaria. CHH

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