Después de varios días de negociación, el Gobierno y dirigentes del transporte público y escolar lograron un acuerdo para ir en ayuda de choferes y propietarios, debido a la disminución en sus ingresos durante estos meses de pandemia. El acuerdo considera un bono de $350 mil para cada chofer y propietario y un préstamo blando de $320.500 para los dueños, el que podrá ser solicitado tres veces. Ambos beneficios son compatibles entre sí.
Podrán acceder a estos beneficios propietarios y conductores de taxis, colectivos, buses urbanos y rurales y del transporte escolar de todo el país, debidamente acreditados (no incluye a choferes de la Red Transantiago).
Características del bono
Éste se entregará por una única vez y se podrá solicitar por un período de sesenta días a contar de la fecha de publicación de la ley correspondiente.
Quienes no sean dueños de vehículos y al 01 de agosto de 2020 se desempeñaban como conductores de buses, taxibuses y minibuses, rurales o urbanos o como conductores de transporte escolar, taxis básicos o colectivos, podrán acreditar dicha calidad mediante una declaración jurada, suscrita ante la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Transportes.
En el caso de que los propietarios sean personas jurídicas, el beneficiario será el representante legal , inscrito ante la respectiva seremi de Transporte. Solo se entrega un bono por persona natural.
El bono será compatible con todos los otros beneficios entregados en este periodo de pandemia, con excepción del entregado a trabajadores independientes y del bono a la clase media.
A quienes soliciten este bono y hayan tenido acceso al IFE, se le descontarán los montos recibidos o les corresponda recibir por este subsidio.
Características del préstamo
Podrá ser solicitado mensualmente, por cada persona natural o jurídica que sea beneficiaria, propietarios o representantes legales inscritos ante la seremi de Transporte, hasta en tres oportunidades.
Los beneficiarios podrán acceder a las primeras dos cuotas entre el 01 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020, o tan pronto entre en vigencia la ley correspondiente.
Tendrá un año de gracia, pagadero en 16 cuotas igual y la primera deberá pagarse en septiembre de 2021, si se solicitó en una sola oportunidad. La cantidad de cuotas y el monto cambiarán, si se solicita más de una vez.
Tras la aprobación de este acuerdo por parte del Gobierno y de los gremios, éste debe ser tramitado como ley en el Congreso, lo que se proyecta que sea expedito, y el Ministerio de Hacienda, a su vez, debe dictar las normas necesarias para la implementación de las medidas, una vez aprobada la ley. CHH