Este jueves la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dio a conocer que cuatro entidades bancarias fueron multadas por otorgar créditos a personas pertenecientes al listado de deudores de pensiones de alimentos.
Según lo establece la Ley 14.908, las instituciones financieras deben obligatoriamente revisar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA) antes de entregar un préstamo a sus clientes y, en caso de que el individuo mantenga una deuda de este tipo, se debe retener la suma que corresponda para saldar las pensiones adeudadas.
Por lo anterior, la CMF multó a Banco del Estado de Chile, Banco Santander, Banco Consorcio y Banco Ripley con un monto total de 5.722 unidades de fomento (UF).
En específico, Banco Estado deberá pagar 3.684 UF; Banco Santander 1.946 UF; Banco Consorcio 62,78 UF y Banco Ripley tendrá que desembolsar 84,28 UF por la infracción.
“Las infracciones sancionadas afectan a los acreedores de pensiones de alimentos, ya que, al no efectuarse las retenciones, no recibieron los dineros adeudados en la oportunidad correspondiente”, señaló la CMF a través de un comunicado. CHH