El Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago resolvió el caso ocurrido en el año 2015 donde un alumno de octavo básico del Colegio San Juan Evangelista fue golpeado dentro del establecimiento.
La magistrada Patricia Castro explicó en el fallo donde se acogió la demanda de los familiares del menor, que el establecimiento incumplió con su responsabilidad de proteger al estudiante tanto física como psicológicamente, recalcando, a su vez, el cuidado constante que debió tener de su alumno en el aula. Asimismo, en el fallo se agregó: “En el reglamento que acompaña la propia demanda, en el apartado (…) que dice relación con los deberes de los educadores y funcionarios, se desprende que es su deber promover la buena convivencia escolar y prevenir de toda forma de violencia física o psicológica, agresiones y hostigamientos”.
Por ello, la justicia determinó que la sanción corresponderá a un pago por daño emergente y moral. La indemnización deberá ser por $2.004.300. CHH