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Comienza a regir normativa que identifica equipajes en buses interurbanos

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El objetivo de la medida es establecer una trazabilidad entre los pasajeros y los bultos transportados.

En la previa de Fiestas Patrias, la Subsecretaría de Transportes dio a conocer que a partir de septiembre de 2024 rige la nueva normativa que dicta que las empresas de buses interurbanos deben entregar a los usuarios un comprobante de su equipaje, el que contendrá el nombre del dueño y su número de asiento.

Según indica la norma para viajes con una duración mayor a cinco horas, además del comprobante, las empresas también deberán realizar un listado de pasajeros con su respectivo número de ticket de equipaje. Este documento se tendrá que mantener por un plazo de 180 días en caso de que el Ministerio Público lo requiera para alguna investigación.

Esta medida, parte del plan Calles Protegidas, fue implementada con el objetivo de establecer un registro de los bultos transportados y la persona que los ingresó en el bus.

“Esta nueva iniciativa permitirá aumentar las condiciones de seguridad de los pasajeros y la tripulación y facilitar las fiscalizaciones de las policías y posteriores investigaciones del Ministerio Público, ya que establece una trazabilidad entre bulto y pasajero”, señaló el subsecretario de Transportes, Jorge Daza.

En caso de que las empresas de buses interurbanos no cumplan con la normativa se iniciará un proceso administrativo sancionatorio, el que podría derivar en amonestaciones escritas, suspensión o cancelación del servicio o del vehículo y multas entre 0,5 a 1 UTM. CHH

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