Reforma constitucional, aprobada esta jornada por la constitución Legislación y Justicia del Senado faculta al Servel para fijar cambios en la constitución, instalación y funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios, como: fijar horario de funcionamiento de las mesas, pudiendo ampliarlo hasta un máximo de 12 horas; definir horarios preferentes de votación para diferentes grupos de personas; y establecer el horario de entrega de resultados preliminares; definir el número, causales de excusa o exclusión de los vocales de mesa y miembros de los colegios escrutadores, así como la forma de acreditarlas, pudiendo excluir a electores con riesgo de salud, según criterios establecidos por la autoridad sanitaria.
Además, podrá establecer un número máximo de personas al interior de los locales de votación, instaurar una distancia mínima dentro de las mesas de votación, regular el uso del lápiz para marcar la preferencia y normar el uso obligatorio de mascarillas y otros medios de protección sanitaria al interior de los recintos.
Asimismo, lo faculta para dictar un protocolo de carácter general y obligatorio, en acuerdo con el ministerio de Salud, que contenga las normas y procedimientos sanitarios que deban cumplir electores, vocales y apoderados de mesa, miembros de las fuerzas armadas y de orden y seguridad pública que se encuentren al interior y al exterior de los locales de votación y todo funcionario público que desempeñe funciones o cumpla obligaciones de carácter electoral durante la jornada.
Para el presidente del Consejo Directivo del Servel, Patricio Santamaría, lo aprobado hoy es muy determinante para una exitosa realización del plebiscito del 25 de octubre: “Sin duda, hoy hemos tenido un importante avance en la comisión de Constitución del Senado (…) hemos recibido facultades especiales para los efectos de poder, de alguna manera, regular todo el aspecto sanitario y regirnos por normas especiales que vamos a dictar como Consejo Directivo, que serán obligatorias y que de alguna manera van a generar el marco legal del plebiscito del 25 de octubre”.
En este sentido, el ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Monckeberg, sostuvo: “Lo que se ha aprobado es una normativa que faculta al Servel de manera extraordinaria, a partir de este plebiscito y en todos los procesos electorales, hasta diciembre del próximo año, que son al menos 7, para que se dicten medidas para que el plebiscito y todos los procesos electorales sean lo más seguros posibles, desde el punto de vista sanitario, para que las personas que concurran a votar lo hagan de la manera más tranquila, más participativa y también más masiva posible”.
Asimismo, el titular de la Segpres, explicó que la realización del próximo plebiscito no está en duda: “Si, efectivamente, hay una situación de cuarentena en una comuna, eso no va a impedir que se realice el acto electoral del plebiscito, lo que va en la línea con la inquietud que muchos parlamentarios habían señalado. En ningún caso, medidas sanitarias de carácter general podrán afectar la realización del plebiscito”.
El Servel tendrá un plazo de 45 días para dictar normas, instrucciones o reglas especiales para la realización del plebiscito. CHH