A solo unos días de las celebraciones de Fiestas Patrias, la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile (CNC) informó sobre las normas del funcionamiento del comercio durante el 18 y 19 de septiembre próximos.
Ambos días son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del sector comercio por disposición del Código del Trabajo, por lo que el descanso de estos debe iniciarse a más tardar a las 21:00 horas del día anterior del festivo y terminar a las 06:00 del día siguiente.
La excepción a esta ley son los locales atendidos por sus propios dueños y aquellos que pertenezcan a los rubros de entretenimiento (restaurantes, clubes, cines, casinos de juegos, entre otros), expendio de combustibles y farmacias de urgencia o con turno fijado por la autoridad sanitaria.
Cabe destacar que el incumplimiento de la normativa es sancionado con multa a beneficio fiscal de 5 UTM (cerca de $234 mil) por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratado hasta 49 trabajadores; 10 UTM ($467 mil) por cada trabajador afectado si el empleador tuvieren contratados de 50 a 199, y 20 UTM (casi $934 mil) por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratado a 200 o más dependientes.
“Solicitamos a las empresas que respeten esta normativa, facilitando así que sus trabajadores celebren y disfruten de estas fiestas en familia, tal como lo hará la gran mayoría de los chilenos”, indicó el presidente de la CNC, Manuel Melero, quien hizo un llamado también a las personas a comprar a tiempo y evitar atochamientos de última hora en supermercados y centros comerciales. CH H