Este viernes, se conoció la sentencia de la Corte Suprema, la que ordenó que el Colegio San Ignacio El Bosque, ubicado en la comuna de Providencia, deberá reintegrar a un alumno con déficit atencional, a quien le habían negado la renovación de la matrícula.
Esto, luego de que el médico del estudiante -que cursaba 8vo básico- decidiera suspender los medicamentos con los que trataba su déficit, razón por la cual se alteró su conducta y, a fines del 2019, el establecimiento decidió no renovar su permanencia, ante lo que la apoderada acudió a la justicia.
Según dictaminó el máximo tribunal, «en ningún caso se podrá condicionar la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. (Por el contrario), el establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes».
Finalmente, se estableció que «se deja sin efecto la cancelación de la matrícula del niño y, en su lugar, se renovará aquella». CHH