La Corte Suprema emitió un fallo aclaratorio que obliga a las Instituciones de Salud Previsional (isapres) a aplicar las rebajas correspondientes en los precios de las Garantías Explícitas en Salud (GES).
A pesar de que fue necesario que cada una de las isapres acudiera al superintendente de Salud, Víctor Torres, para solicitar el aplazamiento de la implementación del último fallo de la Corte Suprema -además de una prórroga de seis meses para que la sentencia entre en vigor-, la petición fue denegada por la Tercera Sala de la Corte Suprema.
«No existiendo puntos obscuros o dudosos que aclarar, no se hace lugar a la solicitud», señaló el tribunal, estableciendo un hito en la regulación del sector de salud privado al anular el incremento del valor del GES estipulado por las aseguradoras de salud.
A continuación las empresas tendrán que dar cumplimiento al dictamen lo antes posible, revocando el alza de los precios y manteniendo la prima del trienio anterior, sin justificación para cobrar tarifas superiores.
Según explicaron las isapres, su petición para extender el plazo se debe al impacto económico que tendrá el fallo en sus arcas. La ejecución de la sentencia podría implicar una baja mensual promedio del 12% en sus ingresos.
Desde la Asociación de isapres señalaron que el fallo podría tener consecuencias en el servicio a los clientes y que podría impedir que se mantengan las coberturas actuales. CHH