La Corte Suprema finalmente rechazó las acciones de nulidad interpuestas por las isapres Consalud, Cruz Blanca y Colmena en contra del fallo de la Tercera Sala que canceló el alza de las primas GES.
Dicha alza se estaba aplicando desde octubre del año pasado.
En concreto, tras esta resolución la Corte Suprema dio por concluidos todos los recursos interpuestos por Consalud, Cruz Blanca y Colmena, por lo que tendrán que cumplir con lo estipulado.
Se estima que este fallo de la Corte Suprema tendrá fuertes repercusiones en las instituciones de salud previsional, ya que al anular las alzas instauradas en octubre de 2023 las empresas deberán volver a aplicar los valores del periodo anterior (2019/2022).
En cuanto a la posibilidad de un ajuste, sólo se podrá realizar en un monto de hasta 7,22 UF anuales (0,6 UF mensuales) a las isapres que fijaron cantidades inferiores.
Por lo anterior, las instituciones de salud tendrán que devolver los cobros excesivos, lo que, según el informe del comité técnico asesor de la ley corta que se tramita en el Senado, significará una disminución del 12% en los ingresos.
«El incidente de nulidad interpuesto ha de ser rechazado por improcedente, puesto que se pretende impugnar, por esta vía, una materia contenida en un fallo ejecutoriado que no puede ser objeto de revisión por razones que pueden constituir recursos jurisdiccionales, y, menos aún, aduciéndose vicios de nulidad procesal cuyas causales no se explican como tales, como tampoco se hallan en el libelo pretensor», señaló el fallo de la Corte Suprema.
En conclusión, el texto indica que «el presente incidente de nulidad procesal interpuesto por la isapre recurrida, se rechaza, de acuerdo con los argumentos expuestos precedentemente». CHH