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A raíz del corte de agua potable en la Región Metropolitana, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en conjunto con la Dirección del Trabajo, aclaró qué sucede con las personas y sus labores cuando no hay suministro.
Según la normativa vigente, el empleador debe garantizar las condiciones adecuadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que significa que el establecimiento debe contar con agua potable para el consumo de sus trabajadores y debe disponer de servicios higiénicos con agua para que puedan funcionar.
Sin embargo, la posible suspensión de la jornada de trabajo es algo que se debe acordar con el empleador.
En caso de no poder asegurar estas condiciones de funcionamiento básico, sea por las vías regulares de suministro o a través de métodos de emergencia, los trabajadores no pueden seguir desarrollando sus funciones y el empleador debe tomar las medidas necesarias para suspender las faenas.
Bajo este contexto, la autoridad realizó un llamado a los empleadores a actuar con la mayor responsabilidad para asegurar condiciones sanitarias adecuadas, entendiendo que se trata de casos de fuerza mayor.
Por esta razón, el llamado es a evaluar las condiciones de trabajo, revisar horarios de entrada o salida de trabajadores, y suspender las faenas en caso de no existir las condiciones sanitarias adecuadas.
La Dirección del Trabajo está fiscalizando el cumplimiento de la normativa vigente y recibiendo sus de nuncios a través del correo denuncias@dt.gob.cl CH H.