La Dirección del Trabajo (DT) comenzó esta semana un programa de fiscalización para asegurar el cumplimiento de la normativa que regula la extensión horaria en el comercio durante los días previos a Navidad.
Según establece la ley, los empleadores pueden prolongar la jornada laboral hasta dos horas diarias durante nueve de los quince días previos al 25 de diciembre.
Al respecto, la DT enfatizó que, en los días en que se aplique esta extensión horaria, ningún trabajador del comercio podrá ejercer sus labores más allá de las 23:00 horas. Además, en los días 24 y 31 de diciembre el horario máximo permitido será hasta las 20:00 horas, normativa que es inamovible.
Para verificar el cumplimiento de estas disposiciones, entre el 10 y el 24 de diciembre la entidad realizará 186 fiscalizaciones a nivel nacional.
Sanciones por incumplimiento
La Dirección del Trabajo señaló que las empresas que no cumplan con esta normativa se exponen a multas significativas, dependiendo de su tamaño. Entre las infracciones más comunes se encuentran:
- Extender la jornada más de dos horas diarias.
- Pactar horas extraordinarias cuando ya se ha aplicado la extensión horaria.
- Superar los horarios máximos permitidos de las 23:00 o 20:00 horas, según corresponda.
Para estas situaciones, las multas van desde 5 hasta 60 UTM por cada trabajador afectado, distribuidas de la siguiente manera:
- Microempresas (1 a 9 trabajadores): 5 UTM ($336.470 por trabajador).
- Pequeñas empresas (10 a 49 trabajadores): 5 UTM ($336.470 por trabajador).
- Medianas empresas (50 a 199 trabajadores): 20 UTM ($1.345.880 por trabajador).
- Grandes empresas (200 o más trabajadores): 60 UTM ($4.037.640 por trabajador).
El valor de la UTM para diciembre de 2024 es de $67.294.
Con estas fiscalizaciones, la Dirección del Trabajo busca garantizar el respeto a los derechos de los trabajadores y el cumplimiento de las normativas que regulan las jornadas laborales en una de las épocas más demandantes para el comercio.