Durante varios años, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) con el Ministerio de Obras Públicas (MOP), han enfrentado una disputa sobre si la norma que rige a las empresas corresponde sólo a la Ley de Concesiones, o si, además, se deben regir por la Ley del Consumidor.
Uno de los ejemplos de estas discrepancias es el anuncio de la demanda colectiva del Sernac en contra de Costanera Norte por interrupción del servicio los días 17 y 18 de abril, debido a la inundación de la zona, según consigna El Mercurio.
Eduardo Abedrapo, coordinador de Concesiones del MOP, señaló al respecto a El Mercurio que “todas las sociedades concesionarias tienen que regirse por las normas que están en la Ley de Concesiones, en el reglamento. Y las demás prestaciones y obligaciones específicas que tienen que cumplir las empresas están establecidas en cada uno de los contratos de concesiones”.
Con esto, Abedrapo explica que todas los servicios y sanciones a que se ven expuestas las concesionarias están regulados en el contrato de concesión.
Una opinión contraria tiene el ex director del Sernac, Juan Antonio Peribonio, quien afirma que “el primer problema que surgió fue que estas empresas se consideraban exentas del rol del Sernac y que las regía una normativa propia, la Ley de Concesiones, y que el ente que los regulaba era el MOP”.
La ex autoridad, junto al actual director, Ernesto Muñoz, concuerdan que las compañías prestan un servicio, por lo tanto, quienes transitan por estas vías son también usuarios.
“Para nosotros es claro, y así ha sido para los tribunales, que un grupo completo de empresas no puede decir que los consumidores no tienen derechos. Por lo tanto, vamos a seguir reclamando ante los tribunales de justicia la plena aplicación de la Ley del Consumidor”, señala Muñoz.
Desde hace varios años se han realizado mesas de trabajo y trámites con las concesionarias para “lograr ajustes de cláusulas abusivas en contratos de arrendamiento de televía y documentos asociados”.
A raíz de lo anterior, el servicio indicó que se hicieron dos exigencias: que el precio del tramo esté señalado debidamente en cada pórtico y mejorar estándares de seguridad con el fin de evitar accidentes.
Hoy en día, sólo algunas autopistas cumplen con la primera exigencia.
Las críticas que hacen las autoridades del Sernac, no son compartidas por el gremio de concesionarios, pese a que una sentencia de la Corte de Apelaciones del 28 de octubre de 2015 confirma un dictamen del 2º Juzgado de Policía Local de Maipú en contra de una autopista concesionada interurbana.
De acuerdo a la opinión del presidente de la Asociación de Concesionarios (Copsa), Juan Eduardo Saldivia, dicho fallo “en términos jurídicos se refiere a un caso, y no constituye precedente”. Por ende, siguen creyendo que en la prestación de servicios, la Ley del Consumidor no se aplica a las concesionarias. CH H