La Superintendencia de Medioambiente se dirigió a fines de febrero de este año a la Contraloría General de la República para que esta se pronunciara sobre si un proyecto que está ubicado en un Área de Preservación Ecológica, según lo definido por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, PMRS, debe entenderse como emplazado en un «área colocada bajo protección oficial» para efectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y en específico, para el análisis del artículo 10, letra p) de la Ley N° 19.300.
Por su parte, a meses de la solicitud, el pasado miércoles 30 de septiembre, la Contraloría se pronunció al respecto, afirmando que efectivamente «las Áreas de Preservación Ecológicas definidas en instrumentos de planificación territorial deben ser consideradas como áreas colocadas bajo protección oficial», lo que, según lo explicado por Gonzalo Prieto, marca un precedente para los cuatro proyectos inmobiliarios que pretenden instalarse en los cordones de Colina y Lo Barnechea (camino Pie Andino), y también para los que en un futuro quieran ubicarse en cualquier terreno protegido del país.
Cabe recordar que en enero de este año, Chicureo Hoy reveló, a través de un reportaje, una serie de denuncias que tienen relación con proyectos inmobiliarios situados en la “cota mil” del sector de Colina. Una “cruzada ecológica” que tiene a vecinos, activistas y autoridades de la zona trabajando para proteger los bosques nativos de la comuna.
Los reclamos se centran en cuatro proyectos en específico: “La Cumbre”, “Hacienda Guay Guay» y “Mirador de Pie Andino” en la comuna de Colina y el proyecto “Chaguay”, que se encuentra en Lo Barnechea.
Según, el activista Gonzalo Prieto, los proyectos se emplazan en un ‘Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad Nº15 Colina-Barnechea’, siendo además una zona que goza un estatuto especial de protección, por tratarse de un ‘Área de Preservación Ecológica (APE)’”.
En esa línea, Prieto junto a Sergio Domeyko, otro activista de la zona, se reunieron con el alcalde Mario Olavarría y otras autoridades, para fiscalizar dichos proyectos. Días después de dar por finalizado el encuentro, personal de la municipalidad se dirigió a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para solicitar fiscalización.
Por su parte, las inmobiliarias a cargo de los proyectos, se excusaron asegurando que están en un área de preservación, pero no en una zona protegida, por lo que no tendrían que realizar un estudio de impacto ambiental. Este punto fue el que la SMA trató de aclarar mediante la Contraloría, lo que fue respondido por el dictamen de este miércoles.
En conversación con Chicureo Hoy, Gonzalo Prieto profundizó en el fallo de la Contraloría, señalando que el tema medioambiental es fundamental en la realización de estos proyectos. Según él, «las empresas de estos proyectos se aprovechaban que en ninguna parte estaba escrito -aunque sí lo está- que las Áreas de Preservación Ecológica eran áreas protegidas oficialmente, entonces les daba lo mismo seguir construyendo».
En esa línea, Prieto afirmó que «estas empresas decían que estos instrumentos de planificación territorial, como el PMRS, no podían generar un área protegida en sí misma, sino que solo la podían definir como tal», por lo tanto, afirmó que «lo que yo hice fue un trabajo para finalmente convencer a la Superintendencia de Medioambiente, y a todos, de que estas áreas de Preservación Ecológica sí están protegidas oficialmente».
Lo anterior, explicó, implica que para realizar proyectos en dicho sector, se deben someter a un protocolo de protección mucho más alto, «que impide que se desarrollen proyectos sin ingresar a un Estudio de Impacto Ambiental, y en ningún caso se puede hacer un proyecto inmobiliario, lo que ya estaba definido de antes».
Asimismo, Prieto hizo énfasis en que también el dictamen señala que no solo cualquier obra que se realice en esa zona debe pasar por el artículo 10 letra p), de la ley Nº 19.300, «que es el que dice que tiene que ingresar al Sistema de Evaluación Ambiental», acotó, «sino que también debe someterse a un Estudio de Impacto Ambiental y no solo una declaración de Impacto Ambiental».
¿Qué proyectos pueden seguir?
Prieto destacó que con el dictamen, lo que la Contraloría estaría indicando es que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) «cometió el error al decirle a estos proyectos que no tenían que ingresar al sistema», lo que estaría ratificado desde 2009. Sin embargo, señaló que hay proyectos que ya han avanzado en su construcción, incluso algunos de ellos ya tienen casas, por lo que la Contraloría estaría aceptando que «todos aquellos proyectos que estén debidamente autorizados y en el fondo en ejecución, podrían seguir adelante, pero la gran pregunta aquí es ¿qué significa estar debidamente aprobado?», cuestionó.
«Chaguay no está debidamente aprobado, es más, está rechazado ambientalmente», detalló Prieto, comentando que la pregunta que viene ahora es ¿qué proyectos van a poder seguir?», reparando en que esto puede tener que ver con que Conaf autorice un permiso sectorial para tala, o uno de aguas para poner un estanque, o una aprobación en un Estudio de Impacto Ambiental, o todos juntos. «Es una pregunta que está abierta en este minuto ya que es muy reciente, esto está generando jurisprudencia en este minuto», subrayó.
¿Qué se puede construir en estas áreas?
Finalmente, Gonzalo Prieto explicó que también «solicité que se entregara una definición armónica respecto al artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la que permite hacer caminos e instalaciones cuando el terreno tiene fines agrícolas».
Lo anterior, considerando que algunos de estos proyectos habrían asegurado ser agrícolas para poder crearse en una zona de Preservación Ecológica, donde no se permite construir proyectos inmobiliarios, afirmó.
Según explicó Prieto, «con los abogados hemos estudiando que si bien a lo mejor se puedan construir caminos -posiblemente ilegales porque ya se hicieron- o se van a poder vender terrenos, todo apunta a que no se va a poder construir casas».
Gonzalo señaló que «si bien el fallo no lo dice explícitamente, dice que si bien existe el artículo 55 para estos casos, indica que también se tiene que leer el uso de suelo del PRMS, por lo tanto, en ninguna parte es definitorio si se pueden construir casas o no».
Por lo anterior, precisó que «aquí hay una gran preocupación, porque incluso en la municipalidad de Lo Barnechea, que es donde está el proyecto ‘Chaguay’, se rechazaron los permisos de construcción e incluso hay un abogado que está representando a varias familias que ya pidieron la devolución de sus platas de las promesas de compraventas que tuvieron en Hacienda Guay Guay».
Con todo, Prieto adelantó que aún quedan muchos pasos a seguir y «los proyectos deberán explicar también si están aprobados o no debidamente, y ellos tendrán que demostrar si podrán seguir adelante, así que todavía hay harto paño que cortar».
Igualmente, destacó que el fallo implica un cambio trascendental al uso de suelo, «porque de aquí en adelante, va a ser muy difícil, para cualquier proyecto, intervenir en estas áreas sobre la cota mil». CHH