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Justicia acoge demanda de Sernac y condena a Enel Distribución y Enel Colina a pagar compensaciones por cortes de 2021

Enel Colina multas Sernac 2021

Foto: Chicureo Hoy

Se fijaron indemnizaciones cercanas a $90.000 para los clientes que permanecieron tres días sin suministro.

Luego de tres años y 7 meses, el 4° Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) contra Enel Distribución Chile S.A. y Enel Colina S.A. por cortes de energía ocurridos entre el 29 de enero y el 2 de febrero de 2021.

De acuerdo con lo informado por la entidad, las interrupciones en el servicio ocurridas durante esos días afectaron a más de 127 mil clientes de la Región Metropolitana. Entre las comunas perjudicadas estuvieron Lampa, Maipú, Las Condes y La Florida.   

La sentencia acogió la mayoría de los alegatos presentados por el Sernac, entre ellos, la insuficiencia de planes de poda, improcedencia de “caso fortuito”, complementariedad de Ley del Consumidor y Ley Eléctrica y compensación por daño moral.

La acción judicial debió llevarse a cabo luego del fracaso de un proceso compensatorio propuesto por Enel, que sólo contemplaba indemnizar a clientes con más de 20 horas de corte, ignorando el principio de universalidad.

Gracias a la demanda, la justicia estableció multas de 1.500 UTM para Enel y Enel Colina, equivalentes a 200 millones de pesos, “por la infracción a los derechos de los consumidores”.

Asimismo, se fijaron compensaciones por más de 8 mil millones de pesos para más de 127 mil clientes.

“En promedio, aquellos clientes que fueron afectados por cortes de duración de tres días recibirían cerca de $90.000 y, en general para todos los consumidores, un promedio de $74.000, contemplando en ello $50.000 de daño moral y al menos $10.000 por cada día de corte”, señaló el Sernac.

Al respecto, el director de la institución, Andrés Herrera, comentó que “esta sentencia de primera instancia es una gran noticia para los consumidores del país, pues por primera vez en la historia, desde la entrada en vigencia de la Ley N° 21.081, se reconoce la aplicación de la indemnización del art. 25A de la Ley del Consumidor a interrupciones de servicios eléctricos”.

En la misma línea, Herrera añadió que “este fallo de la justicia es un precedente que debe servirles como un recordatorio (a las empresas) de que a los consumidores se les compensa, hoy o mañana, pero se les compensa”. CHH

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