ACTUALIDAD NACIONAL

Juzgados de Policía Local podrán notificar por medios electrónicos.

El proyecto está en condiciones de convertirse en ley

Por unanimidad, el Senado despachó el texto legal que modifica la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, para permitir que determinadas resoluciones que actualmente se notifican por carta certificada, también se puedan notificar por medios electrónicos.

El senador Alfonso De Urresti, informó sobre la moción y señaló que la Comisión de Constitución acordó no innovar, sobre el texto aprobado en general. “Ayudará a hacer más rápido el proceso y dada la situación de pandemia, resulta más urgente el aprobar esta iniciativa”, indicó el paralmentario.

El texto legal, precisa que “cualquiera de las partes podrá solicitar para sí, una forma de notificación electrónica, la que el tribunal podrá aceptar si cuenta con los medios idóneos para ello y si, en su opinión, resulta suficientemente eficaz y no causa indefensión”.

La notificación se entenderá practicada, a partir del momento mismo del envío. “Cuando esta forma de notificación sea aceptada por el tribunal, será válida para todas las resoluciones dictadas durante el proceso”.

Los Juzgados de Policía Local, deberán publicitar en el sitio de internet de la municipalidad correspondiente y en un lugar visible del oficio del tribunal, “las cuentas de correo electrónico u otras cuentas o dominios específicos de medios tecnológicos de los que se valdrán para practicar las notificaciones electrónicas, además de individualizarlos en las resoluciones que se pronuncien sobre las propuestas que se le formulen conforme a lo dispuesto en el inciso anterior”, señaló el Senado.

Para los efectos de la notificación electrónica, el Juzgado de Policía Local deberá haber informado a la Corte de Apelaciones respectiva, las cuentas de correo electrónico u otras cuentas o dominios específicos de medios tecnológicos de los que se valdrá para practicar las notificaciones electrónicas.

La normativa quedó en condiciones de convertirse en ley. CHH