De manera oficial, comenzó a regir la Ley Antibarricadas y Antisaqueos. La normativa, impulsada por el Gobierno del presidente Sebastián Piñera, fue publicada en el Diario Oficial este jueves.
Esta norma, también llamada Ley Nº21.208, modificó el Código Penal para así tipificar situaciones que «atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios».
Asimismo, la ley afirma que «el que, sin estar autorizado, interrumpiere completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación en las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo. Idéntica pena se impondrá a los que, sin medir accidente o desperfecto mecánico, interpusieren sus vehículos en la vía, en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por esta».
Es decir, se sancionará a las personas que promuevan «el que baila, pasa».
De igual manera, esta norma incorpora al Código Penal el delito de «saqueo». Las personas que roben en lugares no habitados, en situaciones que el orden público se vea alterado, podrán ser castigadas con penas de cárcel de hasta 15 años. CHH