Gobierno analiza «cursos de acción» tras despacho de ley que prohíbe el corte de servicios básicos en los hogares que no puedan pagar las cuentas, durante la crisis sanitaria.
Y es que el Senado aprobó, con 28 votos a favor y 10 abstenciones, este proyecto que niega a las empresas proveedoras de luz, agua, gas, telefonía e Internet, cortar el servicio por no pago del suministro.
Ante la tramitación y su despacho para ser ley, el ministerio Secretaría General de la Presidencia, Segpres, lanzó la alerta, y señaló que la normativa podría incurrir en “infracciones a las normas constitucionales”.
El proyecto de ley, busca ayudar a las familias más vulnerables, afectadas económicamente por la crisis sanitaria. El texto establece que, durante los 90 días siguientes a la publicación de esta ley, las empresas proveedoras de servicios sanitarios, empresas y cooperativas de distribución de electricidad y las empresas de distribución de gas de red, no podrán cortar el suministro por mora en el pago a los clientes.
Asimismo, la iniciativa determina que si los beneficiarios de esta ley hubiesen sido objeto de cortes o suspensiones de suministro o servicio, por mora en el pago de cualquiera de los servicios señalados, la respectiva empresa proveedora o cooperativa deberá proceder a su reposición inmediata, sin costo alguno, una vez publicada la presente ley.
El proyecto define que solo podrán acogerse a las disposiciones de esta ley los clientes finales que cumplan con, a lo menos, uno de los siguientes requisitos: Encontrarse dentro del 60% de vulnerabilidad en el Registro Social de Hogares, tener la calidad de adulto mayor, estar percibiendo las prestaciones del seguro de cesantía, entre otras medidas. CHH