Metro de Santiago fue condenado durante este jueves al pago de una millonaria indemnización por el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, luego que una mujer se cayera en una escalera de una estación de la Línea 2.
El accidente se registró en la estación Cerro Blanco, en febrero de 2016, cuando la mujer se resbaló mientras se trasladaba al interior del recinto, quedando con lesiones de diversa consideración.
El dictamen de la jueza Jacqueline Benquis, establece que había una relación contractual entre el Metro y la denunciante. «La demandante compró el ticket a la demandada (Metro) para hacer uso de su servicio, generándose una relación contractual de contrato de transporte». En el proceso judicial, se acreditó que el piso estaba húmedo como causal de la caída, por lo cual existía responsabilidad de la empresa en las lesiones que sufrió su usuaria.
Sobre el estado del piso, que se encontraba mojado, el tribunal civil señaló que «de los dichos de la demandante en su libelo y de los testigos de oídas, el piso de la escalera se encontraba húmedo y sin indicaciones que advirtieran esta situación, no siendo una actividad de mediana o alta complejidad el aviso mediante diversas formas. De la misma forma, el demandado señala la existencia de una central de cámaras de vigilancia, más no rinde al proceso la correspondiente prueba consistente en las cámaras de video que contradigan o resten certeza a las acompañadas por la demandante».
Por último se estableció el daño moral de la mujer que cayó. «Fundándose el diagnóstico médico de la actora, los tratamientos seguidos, sesiones de kinesiología seguidos en su recuperación y que además este daño se mantiene en carácter de permanente en el transcurso del tiempo, dan cuenta de la afectación que sufre la demandante, comprensible a partir de ser una persona en plenitud de disposición laboral, y que afectó el normal desarrollo de su vida en distintos aspectos, provocándole de forma indefinida un impedimento físico y emocional al afectarse el desempeño normal de su vida, se acogerá la demanda en cuanto al daño moral, fundándose esto además en cuanto el artículo 2329 del Código Civil».
El dictamen del tribunal civil, condenó a la empresa Metro a pagar una indemnización de $10.000.000. CHH