ACTUALIDAD NACIONAL

Nueva ley prohíbe otorgar licencias profesionales a condenados por delitos sexuales

11/04

Foto: Chicureo Hoy

La medida aplicará para conductores de taxis, colectivos y transporte público.

Esta semana fue publicada en el Diario Oficial una nueva ley que impide entregar licencias profesionales para el transporte de pasajeros a personas condenadas por delitos sexuales.

Según lo informado por el Gobierno, la medida aplica a las licencias A-1, A-2 y A-3, utilizadas por conductores de taxis, colectivos y transporte público.

Para garantizar su cumplimiento, los solicitantes deberán presentar un certificado de antecedentes especiales que acredite no tener condenas por delitos de connotación sexual, como violación, abuso, estupro, explotación sexual comercial o delitos vinculados a material pornográfico infantil.

La normativa también impone una inhabilitación general para que quienes hayan sido condenados por estos delitos conduzcan vehículos de transporte público.

Además, obliga a los conductores de transporte público de pasajeros a presentar, cada seis meses, un certificado que demuestre que no están sujetos a esta prohibición.

Finalmente, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones tendrá la facultad de cancelar la inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte a quienes no cumplan con los requisitos establecidos por la nueva ley.

CHH