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Nuevo etiquetado de alimentos ¿En qué consiste?

Comenzará a regir el 26 de junio del presente año, con el objetivo de proteger a los niños y niñas, favorecer la selección informada de alimentos…

Por Ornela Quintana Martén, nutricionista y educadora en diabetes (ornelaquintana@gmail.com

La ley de Etiquetado y publicidad de los alimentos 20.606, antes llamada “Ley superocho” comenzará a regir el 26 de junio del presente año, con el objetivo de proteger a los niños y niñas, favorecer la selección informada de alimentos y disminuir el consumo de alimentos con exceso de energía y nutrientes críticos (azúcares, grasas saturadas y sodio).

Existen tres ejes principales en la modificación de la ley 20.606 los cuales comprenden:

Prohibición de publicidad dirigida a menores de 14 años

Prohibición de venta y entrega de alimentos no saludables en establecimientos educacionales de prebásica, básica y media.

Etiquetado frontal de advertencia en alimentos

Un alimento sólido se identificará como “exceso de” o “alto en” cuando supere los siguientes límites por cada 100 g de producto:

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En el caso de los alimentos líquidos se identificará como “exceso de” o “alto en” cuando supere los siguientes límites por cada 100 ml de producto:

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 Tal identificación deberá contener el rótulo que debe ser de fondo negro y letras blancas para que ayude a la lectura de los consumidores.

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Es importante aclarar que quedan fuera los alimentos como miel, vegetales, azúcar y sal, ya que en su envasado no contienen adiciones de nutrientes críticos.

Los alimentos que lleven alguno de estos rótulos no se podrán comercializar ni publicitar en establecimientos educacionales. Tampoco se podrá realizar la venta de alimentos que estén especialmente destinados a menores de 14 años que tengan publicidad mediante la promoción propia del producto como regalos, concursos, juegos u otro elemento que pueda ser de atracción a la vista de los menores.

Cabe destacar que los límites del rotulado y la puesta en marcha de todos los ejes que incluye la ley serán añadidos gradualmente por las empresas hasta el 2018.

Quisiera dar unos ejemplos de lo que ya hemos visto en los supermercados y la confusión que pueda ocasionar su lectura.

Si observamos estas galletas podríamos pensar (sin mirar los rótulos) que al ser sin azúcar añadida y ser un producto “diet” podríamos identificarlo como más saludable. Pero evaluando la composición nutricional es alto en calorías y grasas saturadas. Entonces nos preguntamos ¿Es finalmente saludable?, debemos aclarar que si bien el producto no contiene azúcar añadida (no provocará un aumento en el peak de glicemia de pacientes diabéticos o intolerantes a la glucosa), sigue siendo alto en calorías y grasas saturadas que ayudan a mejorar la palatabilidad (percepción de gusto agradable), pero no nos sirve para alcanzar el objetivo de mantener un peso saludable.

Este es uno de los productos (maní salado) que en lo personal me provoca una confusión en cuanto al mensaje que recibirá el consumidor. Recomendamos los frutos secos por sus beneficios comprobados en la salud cardiovascular al contener grasas de muy buena calidad y por disminuir la saciedad siendo un snack muy recomendado para niños y adultos. Si observamos el nuevo etiquetado nos informa que es “alto en calorías” y “alto en grasas saturadas” por lo que podría ser rechazado por la mayoría de los consumidores lo que no cumpliría con los objetivos propuestos de esta ley. Pero es entonces que debemos recordar que el etiquetado es por 100 g o 100 ml de producto y la porción de frutos secos no debiera superar al día los 25 g. Además, que si excluyeron algunos alimentos por no tener nutrientes críticos adicionados también se debió haber excluido los frutos secos sin adición de sal y azúcar.

Lo importante es comprender que un alimento “alto en calorías” no tiene porqué ser malo ya que debemos informarnos cuáles son los nutrientes que contiene el producto. No es lo mismo consumir un producto “alto en calorías” que en su mayoría contiene azúcares añadidas, harinas refinadas, grasas saturadas y sodio, a consumir un producto “alto en calorías” pero que no contenga azúcar añadida, esté preparado con harinas integrales, tenga grasas mono y poliinsaturadas, sin sodio y alto en fibra.

Si bien hay muchos detalles que como nutricionistas debemos ir aclarando a medida que observemos los cambios en los etiquetados y las dudas del consumidor, es importante decir que es un gran paso que se está dando en cuanto a políticas públicas para mejorar la salud de la población, ya que una población más educada nutricionalmente es una población más sana. CH H

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