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Nuevos criterios regionales para permisos de edificación en zonas rurales: ¿Cómo afecta esto a las parcelas de agrado de Colina?

Luego de que la SEREMI Metropolitana del MINVU emitiera una resolución al respecto, los propietarios están en duda si podrán o no construir en sus terrenos.

Foto: Chicureo Hoy

Mucha incertidumbre ha generado la última resolución emanada desde el Ministerio de Vivienda de Urbanismo y Construcción, Seremi Metropolitana, publicada en el Diario Oficial, el día 29 de junio del presente año, que “establece criterios regionales para cautelar que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales de la Región Metropolitana de Santiago, no originen núcleos urbanos al margen de la planificación urbana” y que surge de la necesidad de regular la proliferación de grandes loteos y subdivisiones de terrenos en sectores rurales, los que muchas veces crean pequeños poblados que no cuentan con el ordenamiento ni con los servicios básicos que exige la ley y que requieren los mismos propietarios, como en el caso de los condominios recientemente cuestionados y denunciados por la SEREMI Minvu Metropolitana al Juzgado de Policía Local de Colina, Mirador Pie Andino, La Cumbre y Hacienda Guay Guay así como Chaguay en Lo Barnechea, ubicados sobre la cota mil, en Zona de Área de Preservación Ecológica, definida por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).

Pero lo que puede sonar obvio en casos como estos, tiene implicancias en otros sectores de la provincia, en los cuales ya se ha hecho común verlo sin el cuestionamiento de los vecinos. Las conocidas “parcelas de agrado”, las que aumentaron durante la pandemia dada las características de espacio y calidad de vida, frente a la ciudad.

Ángela Prado, Directora de Obras de la Municipalidad de Colina (DOM), explicó a Chicureo Hoy acerca de este tema, indicando que establecer estos criterios para cautelar que no se originen núcleos urbanos al margen de la planificación urbana intercomunal  “es una facultad que tiene la SEREMI MINVU, que está en el inciso segundo del artículo 55 de la Ley de Urbanismo y Construcción (LGUC)”.

Pero entonces ¿qué es lo nuevo?. “Por primera vez desde la promulgación de decreto de ley 3.516, del año 1980, ahora, en el 2022, que la Seremi Minvu de la RM establece criterio, porque la contraloría, solicita a la División de Desarrollo Urbano, que instruya a todos sus SEREMIs para que establezcan criterios para cautelar que las subdivisiones y construcciones en el área rural no originen núcleos urbanos al margen de la planificación urbana intercomunal. Entonces empiezan todas las regiones a establecer sus propios criterios y publicarlos en el diario oficial”. Con esto, explica Prado, la Contraloría, resguarda que esta facultad discrecional que tienen las Seremis Minvu no sea arbitraria, es decir que existan criterios para evaluar  cada proyecto en su mérito y otorgar o no el  Informe Favorable para Construcción (IFC) en el área rural.

Ahora bien, la Contraloría de los Ríos, instruyó a la Dirección de Obras de Panguipulli, invalidar 13 permisos de edificación de vivienda por no presentar el IFC. “Ahí hay un primer precedente de esta interpretación de la contraloría, para estos permisos”, indicó la Directora de Obras Municipal, especificando que “la alcaldesa está preparando una consulta a la Contraloría (General) para que  instruya a la Dirección de Obras de cómo aplicar estos criterios y cómo afectarán a la municipalidad de Colina para tener claridad si lo instruido a la DOM de Panguipulli, es de carácter general o no. Todo apunta a que sí, ya que además la SEREMI MINVU denunció 3 proyectos al Juzgado de Policía Local de Colina, que se construyeron en área de preservación ecológica, por constituir un núcleo al margen de la planificación urbana intercomunal”.

Con este antecedente, los criterios indicados en la resolución, más el pronunciamiento de la contraloría de los Ríos, la Directora de Obras toma la decisión. “Nosotros estamos solicitando un Informe Favorable de Construcción para que sea la misma SEREMI MINVU la que indique si es que cada proyecto constituye o no un núcleo urbano al margen de la planificación. Estamos mandatados a aplicar la jurisprudencia de la Contraloría. A su vez, la alcaldesa solicitó un informe jurídico para hacer la consulta al Contralor General de la República para asegurarnos que este criterio se aplicará a nivel nacional porque sabemos que el impacto en nuestra comuna es grande», dijo la Directora, teniendo en consideración que Colina es  la primera comuna donde se denuncian 3 proyectos por este motivo.

A partir de la fecha de la resolución, “nos están ingresando los permisos, los recibimos y se revisan por completo, le hacemos las observaciones del permiso en sí y además hacemos esta observación, que para el permiso, se requiere un Informe Favorable de Construcción de la SEREMI MINVU en virtud de esta publicación en el Diario Oficial y que sea la SEREMI MINVU la que diga si esto constituirá o no, un núcleo urbano al margen de la planificación. Ese es el cambio”, enfatizó la Directora.

Cabe señalar, que para los permisos ya otorgados antes de esta resolución, no influye esta nueva medida. “Estos siguen vigentes y luego que se construya, se dará la recepción definitiva a la obra si esta se construye en conformidad al permiso de edificación otorgado». En este sentido, es importante advertir que no se recomienda modificar los permisos ya otorgados a la fecha, ni tampoco construir algo distinto a lo indicados en estos, porque al hacerlo se verá en la obligación de solicitar una modificación de permiso, el cual por ser un nuevo documento que autoriza construcción, este quedará bajo el régimen de la nueva resolución, por lo que en este caso, sí se pedirá el IFC.

¿Cuál es el futuro de los proyectos denunciados por la SEREMI?

Respecto a la continuidad de los proyectos en referencia, Mirador Pie Andino, La Cumbre y Hacienda Guay Guay (Chaguay, misma denuncia en Lo Barnechea). “En la actualidad no se están dando permisos de edificación, ya que la denuncia indica que esto ´generaría´ un núcleo al margen de la planificación, estamos esperando el fallo del JPL, ya que ahora son los denunciados los que deben demostrar lo contrario”, aclaró Ángela.

Respecto a qué opina de los criterios y medida aplicada por la SEREMI, Ángela indicó que “las direcciones de obras, tenemos que aplicar la normativa vigente y las instrucciones del nivel central. Sí viene un mandato de la contraloría hay que aplicarlo. Si la Seremi  tiene un mandato, hay que aplicarlo”.

Ante esto, la directora indicó, que esto “va a depender un poco de la línea que vaya a seguir la SEREMI al respecto. Yo tengo entendido que hoy en día se encuentran haciendo un catastro y a nivel regional, de las parcelas de agrado, tanto en el Área de Preservación Ecológica como en el Área Agropecuario Exclusivo, para ver realmente el impacto que han tenido las parcelas y en relación a estos criterios, determinar si van a otorgar informes favorables y en qué situaciones, en qué circunstancias. Si esto es muy restrictivo, obviamente que a la comuna de Colina, esto le va a afectar, ya que cerca del 50% de nuestros permisos son en área rural, entonces obviamente que va a impactar en los recursos municipales. Hasta la fecha no ha habido ningún ingreso que cuente con este informe favorable aún”. Lo anterior dado el poco tiempo que llevan los nuevos criterios en vigencia y los plazos que demoran generalmente este proceso.

Hoy en día, si bien es cierto se podrán solicitar permisos en área rural, con esta condicionante, la incertidumbre radica principalmente en no saber cómo se llevará el proceso de obtención de dicho informe, ni cuál será el criterio para determinar si constituye o no un núcleo urbano fuera de la planificación, detalle que, ni los más expertos en el rubro de la construcción, son capaces aún de proyectar. CHH

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