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Postergación de cuotas de crédito hipotecario: ¿Cuáles son los requisitos?

Fue publicado el pasado 4 de enero en el Diario Oficial.

El pasado 4 de enero comenzó a regir al ley que permite postergar las cuotas del crédito hipotecario para las personas de la clase media, y genera una garantía estatal para caucionar cuotas postergadas.

De acuerdo a la publicación de la normativa en el Diario Oficial, los deudores pueden pedir un crédito de postergación, con la finalidad de cancelar las cuotas de sus créditos hipotecarios. Con esto, se eximen de pagar durante la pandemia del Covid-19.

Al beneficio podrán acceder  jefes o jefas de hogar que puedan demostrar una caída significativa de sus ingresos, incluyendo a trabajadores/as desempleados o suspendidos que reciben beneficios del Fondo Solidario de Cesantía, como también a trabajadores independientes que puedan demostrar una caída de ingresos significativa.

Los requisitos son:

  • Haber experimentado una disminución de al menos 25% del ingreso mensual.
  • Que el crédito hipotecario a postergar se haya contratado para adquirir la vivienda principal del deudor.
  • Primeras viviendas por un valor de hasta UF 10.000 (alrededor de UF 5.000 en avalúo fiscal), de acuerdo a la tasación original del crédito, lo que representa cerca de un 90% de las primeras viviendas.
  • Mora en el pago de dividendo no superior a 30 días.

¿Cómo solicitarlo?

Las personas que busquen postergar su crédito hipotecario, deberán solicitar un crédito de postergación a su acreedor, el cual, previa evaluación, podrá otorgar el mencionado crédito para efectos de materializar la respectiva postergación. CHH