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Presidente Piñera: «He decretado estado de emergencia en las Provincias de Santiago y Chacabuco»

Las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República

Durante la madrugada de este sábado, el Presidente Sebastián Piñera se refirió a las manifestaciones que se han registrado en Santiago, contra el alza de tarifas en el pasaje del transporte público  y decretó Estado de Emergencia en las provincia de Santiago y Chacabuco ( Colina, Lampa y Til Til) , y en las comunas de Puente Alto y San Bernardo.

Según anunció el Presidente Piñera, quedará como Jefe de la Defensa Nacional el General de División del Ejército Javier Iturriaga del Campo.

ESTADO DE EMERGENCIA

  • Puede restringirse el derecho a reunión y libertad de locomoción.
  • Zonas pasan a depender del Jefe de la Defensa Nacional.
  • Puede durar máximo 15 días prorrogables, de acuerdo con el Congreso Nacional.

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⭕️PRESIDENTE PIÑERA DECRETA ESTADO DE EMERGENCIA EN LA PROVINCIA DE SANTIAGO Y CHACABUCO

Publicado por Chicureo Hoy en Viernes, 18 de octubre de 2019

¿Qué implica un Estado de Emergencia?

Declarado el estado de emergencia, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República. Este asumirá la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señale».

¿Qué facultades tiene el Jefe de Zona nombrado por el Presidente?

Según detalla el artículo 5 de la Ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción, durante el estado de emergencia, el jefe de la Defensa Nacional que se designe tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

1) Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona declarada en estado de emergencia, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad nacional que haya dado origen a dicho estado, debiendo observar las facultades administrativas de las autoridades institucionales colocadas bajo su jurisdicción. 2) Dictar normas tendientes a evitar la divulgación de antecedentes de carácter militar. 3) Autorizar la celebración de reuniones en lugares de uso público, cuando corresponda, y velar porque tales reuniones no alteren el orden interno. 4) Controlar la entrada y salida de la zona declarada en estado de emergencia y el tránsito en ella; 5) Dictar medidas para la protección de las obras de arte y de los servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales y otros. 6) Impartir todas las instrucciones para el mantenimiento del orden interno dentro de la zona. 7) Las demás que le otorguen las leyes en su calidad de tal. CHH