Foto: Referencial
El Diario Oficial publicó la Ley N°21.587, que endurece las sanciones contra quienes provoquen daños en los medios de transporte público de pasajeros, además de los bienes e infraestructura vinculados a esta actividad.
Según esta legislación, ahora se castigará con pena de presidio menor en su grado medio (de 541 días a 3 años y un día) a quienes atenten contra un vehículo que se encuentre o no en circulación. Esto sea “apedreándolo o arrojándole otros objetos contundentes o inflamables”.
En tanto, si por consecuencia de estos daños se lesiona a alguna persona o muere, se aplicarán penas asociadas al delito, pero aumentada en un grado. Mientras que, si sólo se produjeran daños, se tomará en cuenta la pena anteriormente mencionada, también aumentada en un grado.
Asimismo, se sancionará a quienes marquen con mensajes, firmas, rayados u otras figuras o expresiones a medios de transporte público de pasajeros, bienes o infraestructura asociada a dicha actividad.
También se establece que serán castigados con la pena de reclusión menor en sus grados medio a máximo y multa de 11 a 20 UTM, a los que causen daño cuyo importe exceda las 40 UTM, a cualquier vehículo o infraestructura vinculada al transporte público. CHH
Porque un bus menos afecta directamente la calidad de vida de miles de usuarias y usuarios.
✅ Con esta ley avanzamos en nuestro compromiso con cuidar nuestro transporte público, aumentando las sanciones contra quienes lo dañen. pic.twitter.com/cUJqB5UYwU
— Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (@MTTChile) August 8, 2023