El pasado 8 de mayo la Contraloría General de la República tomó razón del reglamento que establece las características del grabado de patentes en vidrios y espejos, medida que es parte de las modificaciones a la Ley del Tránsito.
Desde el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones informaron que la norma será publicada en el Diario Oficial en los próximos días, y que a partir de entonces comenzará a regir el plazo de 12 meses para los vehículos particulares que aún no realizan el grabado, y de cuatro meses para las automotoras que comercializan automóviles nuevos.
¿Qué dice el reglamento oficial?
Según el reglamento, se exigirá el grabado de, al menos, seis vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales.
Si un vehículo tuviese más vidrios -por ejemplo, furgones o buses-, también se exigirá el grabado en al menos seis de ellos. Sin embargo, la inscripción tendrá que ir en los vidrios de mayor tamaño.
Los vehículos con menos vidrios o espejos, como las motos, deberán tener el grabado en todos ellos.
En cuanto al grabado, la normativa establecerá las siguientes características:
- Que sea permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
- Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.
En cuanto al tamaño del grabado, la normativa exigirá:
- Para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura.
- Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.
Sobre la ubicación, es importante destacar que varían, según la pieza:
Pieza | Ubicación |
Luneta (1) | Costado inferior izquierdo |
Vidrios laterales (4) | Costado inferior derecho de cada vidrio en el lado del conductor y costado inferior izquierdo en el lado del acompañante |
Parabrisas (1) | Costado inferior derecho (referencia, zona del conductor) |
Espejos laterales (2) | Arriba o abajo del vidrio, siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo. |
¿Qué pasa si ya grabé las patentes en mis espejos y vidrios?
En este caso, el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, señaló que “si usted ya lo hizo, pero en un lugar del vidrio distinto, o con un tamaño o tipo de letra distinto del que indica el reglamento, no va a necesitar grabar nuevamente, siempre y cuando cumpla con estas condiciones: que éste haya sido realizado de forma permanente, que sea legible (es decir, que los caracteres de la patente puedan ser leído sin problemas), y que estén grabados seis vidrios, además de los espejos laterales”.
Cabe señalar que las multas por no cumplir esta norma se podrán impartir sólo una vez finalizado el periodo de 12 meses desde la publicación en el Diario Oficial. En la misma fecha se comenzará a exigir en las inspecciones en las Plantas de Revisión Técnica. CHH
Ver esta publicación en Instagram