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El Servicio Electoral (Servel) publicará este sábado las nóminas de vocales de mesas designados para las elecciones primarias presidenciales y parlamentarias del próximo 2 de julio, comicios en que por primera vez los chilenos residentes en el extranjero podrán ejercer su derecho a sufragio.
En el caso de quienes viven en el exterior se le comunicará vía correo electrónico su nombramiento, mientras que a aquellos que estén en Chile se les entregará la notificación, a través de una carta certificada.
Además, las personas podrán revisar su condición en la página web del Servel, en diarios nacionales y fuera del país habrá una copia de la nómina en los consulados respectivos.
Durante esta jornada, también se darán a conocer los locales de votación, los delegados de las oficinas electorales, los miembros de colegios escrutados y recintos donde éstos funcionarán, según corresponda para Chile y el exterior.
Revisa si fuiste designado pinchando aquí.
Composición de las mesas y pago
En Chile, las mesas receptoras de sufragios se formarán con cinco vocales, aunque podrán instalarse con un mínimo de tres. En cambio, en en el exterior estarán constituidas sólo por tres vocales.
Los ciudadanos que cumplan con estas funciones recibirán un pago equivalente a 2/3 de UF, es decir, unos $17.500. Bono que en el caso de los vocales en el exterior, podrá ser convertido a moneda extranjera.
El pago se realizará por medio de la Tesorería General de la República, una vez que estén las listas de quienes desempeñaron el cargo.
Permisos laborales y multas
Por otra parte, los empleadores deberán conceder a sus trabajadores los permisos necesarios para desempeñar su función como vocales de mesa.
Con ello, las personas que fueron designadas en el cargo y que no concurran podrán ser sancionadas con una multa que va de 2 a 8 UTM, vale decir, entre $ 93.500 y $ 374.000. Ésta será aplicada por el juez de policía local competente.
Periodo para presentar excusas
Quienes no puedan desempeñar la función de vocal de mesa, podrán excusarse de aquello dentro de un plazo de tres días hábiles, entre el 12 y 14 de junio.
Dichas excusas deben ser expresadas por escrito ante el secretario de su junta electoral y entre éstas destacan el haber sido designado miembro del colegio escrutador; estar ausente del país o en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
Asimismo, se incluye el tener que desempeñar ese día y en las horas de funcionamiento de las mesas otras funciones que encomiende la Ley 18.700; tener más de setenta años de edad o tener contar con imposibilidades físicas o mentales que tienen que ser acreditadas con certificado médico.
También se considera dentro las causales el cumplir labores en establecimientos hospitalarios ese día; el estar la mujer en estado de embarazo o las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste.
Tras esto, la Junta Electoral elaborará una nueva nómina de vocales reemplazantes y la cual será publicada el 17 de junio. Sin embargo, los vocales reemplazantes no podrán excusarse.