El Senado aprobó la norma que modifica la ley de Tránsito, con el fin de sancionar la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados.
Cabe mencionar que, desde hace algunos años, Chicureo es escenario de carreras de motocicletas a altas velocidades. Incluso se tienen registros de corridas de hasta 268 km/h.
Dicha iniciativa establece una escala de penas, de acuerdo al daño y lesiones causadas y añadió el concepto de «velocidad temeraria», para quienes excedan el límite máximo de velocidad en 60 km/h, siendo sancionados con la pena de prisión en su grado máximo (41 a 60 días).
Lo anterior significa que si en una vía urbana, cuya velocidad máxima es de 50 km/h, se sorprende a alguien conduciendo a 110 km/h, esa persona podría sufrir penas de cárcel o multas.
Las multas para los infractores serán de hasta 10 UTM ($600.000).
Respecto a la licencia de conducir, se determinó que, en una primera instancia, se suspenderá por seis meses; si la falta se repite, la suspensión se extiende a 5 años; y si ocurre por tercera vez, se cancela la licencia de por vida.
Además, se contempla que sea considerado como infracción gravísima el exceder entre 20 y 60 km/h el límite máximo de velocidad en zonas urbanas y rurales. CHH
¡Hoy dimos un nuevo paso en seguridad vial!👏👏
✅Será ley el proyecto que sanciona la organización y participación en carreras clandestinas.
Seguimos trabajando en acciones concretas para reducir las muertes por siniestros viales.
Recuerda, #NoEsAccidente. #CuidaTuVida pic.twitter.com/tl5eBkMgn0
— Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (@MTTChile) September 13, 2022