Foto: Chicureo Hoy
Tras una investigación a los proyectos inmobiliarios Hacienda Guay Guay y Mirador Pie Andino, ambos ubicados en la comuna de Colina, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento de requerimiento de ingreso a evaluación ambiental en contra de las construcciones.
En ambos casos se aplicarían las letras h) y p) de la Ley de Bases del Medio Ambiente N°19.300, debido a que se trata de desarrollos inmobiliarios que pueden potencialmente afectar a un Área de Preservación Ecológica (APE) de la Región Metropolitana.
La Municipalidad de Colina fue quien denunció estos casos a la SMA, a lo que se sumaron los antecedentes entregados por Patricio Herman de Defendamos la Ciudad y el ambientalista Gonzalo Prieto.
Fue en febrero del 2020 cuando la Superintendencia pidió a la Contraloría General de la República (CGR) que se pronunciara sobre la definición de las APE como “áreas colocadas bajo protección oficial” para efectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
La CGR determinó que las APE sí se consideran como áreas de protección cuando se encuentran creadas en Instrumentos de Planificación Territorial en forma previa a la modificación de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, mediante un decreto del 2009, ya que, hasta esa fecha, la autoridad planificadora sí se encontraba habilitada para definir este tipo de áreas.
En el caso de las APE donde se ubican los proyectos Hacienda Guay Guay y Mirador Pie Andino, cuya construcción podría afectar estas zonas, fueron definidas en el Plan Regulador en 1994, por lo que se hace exigible la evaluación ambiental según el artículo 10 letra p) de la Ley N°19.300.
“Luego del análisis realizado, vemos que ambos proyectos buscan la venta de parcelas para primera o segunda vivienda en un área protegida, que corresponde a un APE de la Región Metropolitana, por lo cual se hace necesario iniciar este procedimiento de requerimiento de ingreso a evaluación ambiental obligatoria”, explica el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra, según el reporte del SMA.
Hacienda Guay Guay
Este proyecto se ubica en avenida José Rabat Oriente, en el sector de Chicureo, lo que correspondería a un Área de Preservación Ecológica, según dictamina el Plan Regulador Metropolitano de Santiago.
Hacienda Guay Guay está en manos de la Inmobiliaria e Inversiones Chicureo SpA y consiste en el loteo del predio denominado “Resto Fundo Guay Guay”, el cual tiene 1.269 parcelas de 5.000 m2 aproximadamente. Al menos, 846 parcelas estarán disponibles para ser adquiridas por particulares, con al menos una casa por parcela, lo que significaría una obvia modificación en la zona de preservación.
“(Esto) implicaría, considerando un promedio de 3 personas por casa, un total de población de aproximadamente 2.538 personas circulando por el Área de Preservación Ecológica. También es muy probable el uso de vehículos motorizados, lo cual afecta fuertemente los flujos de fauna”, explicó el superintendente (s) Ibarra.
Asimismo, señaló que “lo anterior también implica riesgos asociados a las actividades humanas para la flora, difíciles de controlar en esa magnitud, como, por ejemplo, los incendios. También, trae aparejadas consecuencias naturales de la construcción de viviendas, como el uso excesivo de agua con fines de riego. En este caso habría una susceptibilidad de impacto ambiental sobre la APE”.
Mirador Pie Andino
Ubicado en la parcelación “Fundo Chicureo”, contiguo al barrio residencial de Piedra Roja, entre Vitacura, La Dehesa y Chicureo y, al igual que el proyecto anterior, también se encuentra sobre el Área de Preservación Ecológica y de un Sitio Prioritario de Conservación para la Biodiversidad.
Los titulares del proyecto son MDPR SpA y Patagon Land Administración de Activos S.A. consiste en el loteo del “Fundo de Chicureo”, de 179,6 hectáreas, en 154 parcelas, las que serán agrupadas comercialmente para la venta en 126 parcelas, de 5.000 m2 aproximadamente.
El proyecto contempla la ejecución de obras de urbanización, en específico, la realización de obras de pavimentación, de alumbrado, de agua potable y de evacuación de aguas lluvias.
Ambas inmobiliarias, como titulares del proyecto Mirador Pie Andino y Hacienda Guay Guay, tienen un plazo de 15 días hábiles, a contar de la notificación de la resolución, para hacer valer sus observaciones, alegaciones, o pruebas que, en conjunto al pronunciamiento del SEA, serán analizadas en su mérito con el objeto de confirmar o descartar la hipótesis de elusión levantada por la Superintendencia.
Otros antecedentes
El pasado 16 de febrero, la Superintendencia de Medioambiente (SMA) informó de una resolución contra estos dos proyectos, además de los emplazados en la comuna de Lo Barnechea, Chaguay y La Cumbre.
Durante ese mismo mes, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presenta un querella criminal, detallando que “los predios donde se emplazan los proyectos inmobiliarios no son urbanos, pretendiéndose urbanizar en un sector que no es susceptible de dicho destino (…) Todo ello resulta evidentemente demostrativo del actuar ilícito desarrollado por los responsables”. CHH