El Tribunal Constitucional (TC) negó entregarle nuevas facultades al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). A través de un fallo la justicia rechazó la petición del ejecutivo de otorgarle más autoridad al organismo, ya que señaló que estas nuevas normas serían inconstitucionales.
El TC consideró que es imposible que el Sernac tenga la facultad de dictar normas y aplicar multas, tal como proponía el ejecutivo. Los ministros a cargo de la discusión plantearon que el Servicio Nacional del Consumidor no puede actuar como “juez y parte”, debido a que estiman que son los Tribunales de Justicia los que deben encargarse de investigar y determinar sanciones, no el órgano estatal.
Asimismo, el Tribunal Constitucional determinó que es inconstitucional que el Sernac exija antecedentes a organismos públicos, porque esto podría vulnerar la privacidad de las personas.
Ante esta decisión, el presidente de la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), Alfredo Moreno, aseguró que: “El fallo del Tribunal corrige múltiples errores que el proyecto tuvo desde sus orígenes y que, en lo modular, amparaban la creación de una institución que reunía atribuciones que iban más allá de las facultades administrativas propias de un servicio público, vulnerando las normas constitucionales”. De igual manera, agregó: “Esta situación fue expuesta de manera permanente y consistente por expertos y por los gremios empresariales en todas las instancias a lo largo de estos casi cuatro años de tramitación legislativa. El fallo del Tribunal constitucional ayuda a restablecer el equilibrio evitando los excesos y garantizando el ejercicio balanceado de las facultades del Sernac”. CHH