El jueves 2 de enero el Segundo Tribunal Ambiental dictaminó que las obras del proyecto inmobiliario Loteo Inversiones Lampa ocasionaron un daño ambiental significativo en el Humedal Puente Negro, por lo que deberán realizar un plan de reparación.
Según detalló el dictamen, las obras afectaron los componentes de suelo, agua, vegetación y avifauna. A raíz de este hecho, la empresa y dos de sus ejecutivos fueron condenados a reparar los daños, bajo apercibimiento de arresto en caso de incumplimiento.
Es importante destacar que la demanda fue presentada por el Estado de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado (CDE).
La sentencia, redactada por el ministro Cristián López Montecinos e integrada por los ministros Marcela Godoy Flores y Cristián Delpiano Lira, determinó que Inversiones Lampa SpA incurrió en acciones y omisiones que modificaron permanentemente el ecosistema del humedal.
Entre las principales afectaciones se encuentran la descarga de escombros, construcción de caminos, zanjas de drenaje y obras de urbanización irregular.
Por lo anterior, el tribunal ordenó la presentación de un plan de reparación, el cual debe ser ejecutado en un plazo de 60 días, una vez que la sentencia sea definitiva.
De acuerdo con lo estipulado, el plan deberá incluir medidas tanto dentro del predio afectado (in situ) como fuera de este (ex situ).
Entre las acciones, se exige la demolición de edificaciones irregulares, la restauración de las dinámicas ecosistémicas del humedal, y un plan de recuperación de biodiversidad.
Daño irreversible
El tribunal concluyó que el proyecto provocó una pérdida de 40 hectáreas del humedal y que el régimen hídrico del humedal fue afectado de manera irreversible.
En cuanto a la biodiversidad, se evidenció un deterioro del hábitat de la avifauna, particularmente de especies vulnerables como la Becacina pintada, clasificada en peligro. La eliminación de vegetación hidrófita ha perjudicado las condiciones para su nidificación, refugio y alimentación.
Plan de reparación
Dentro de lo fijado por el dictamen, la empresa deberá realizar una serie de acciones al interior del loteo, tales como la demolición, eliminación y retiro progresivo de edificaciones, obras y construcciones que fueron levantadas al margen de la normativa.
Asimismo, deberán “presentar un plan de compensación para las personas afectadas que habitan actualmente en la zona intervenida ilegalmente, y/o un plan de reasentamiento de dichas personas que, a modo de ejemplo, pueda comprender la cesión o adquisición de otro terreno que se encuentre regularizado para fines residenciales”.
Adicionalmente, las características del humedal tendrán que ser restituidas. Para esto, los demandados deberán presentar un estudio de restauración de las dinámicas ecosistémicas de la parte afectada del humedal Puente Negro, además de un “plan de reinserción, recuperación de la biodiversidad y creación de un área destinada a un observatorio de aves”.
Por otra parte, el tribunal anunció que oficiará al SAG y a la Municipalidad de Lampa para que no entreguen al proyecto inmobiliario autorizaciones o regularizaciones que no cumplan con la normativa ambiental vigente.
Del mismo modo, serán oficiadas la DGA y a la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, para que efectúen sus labores de resguardo de la zona.
Finalmente, los hechos serán puestos a disposición del Ministerio Público para que “determine si instruye las investigaciones que correspondan por la eventual configuración de delitos ambientales, conforme a las modificaciones introducidas en el Código Penal por la Ley Nº. 21.595, o de cualquier otro tipo o naturaleza de ilícitos”.
Cronología del caso
El caso, que concluyó con el dictamen de plan de recuperación, comenzó en septiembre de 2020, tras una denuncia que originó que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) solicitara ingresar el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Luego, en enero de 2021, el Tribunal Ambiental autorizó detener las obras. La medida fue renovada cinco veces.
En octubre, la SMA sancionó a la empresa con multas de 1.760 UTA, 129 UTA y 146 UTA, argumentando daños ambientales irreparables.
Más tarde, en marzo de 2023, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una demanda, la que fue admitida a trámite. En septiembre del mismo año el tribunal declaró a Inversiones Lampa SpA en rebeldía.
En noviembre y diciembre de 2023 se llevaron a cabo las audiencias, en las que solo participó el CDE.
Venta de terrenos ilegales
A pesar de la demanda y las millonarias sanciones, la empresa Inversiones Lampa SpA continuó con la venta de terrenos en el sector del humedal.
De acuerdo con un reportaje realizado por Meganoticias en marzo de 2023, las personas que adquirieron los terrenos acusaron ser víctimas de una estafa, puesto que la empresa les habría vendido acciones y no sitios loteados, por lo que no cuentan con número de rol ni permisos ambientales ni de edificación.
Por todo esto, los compradores decidieron emprender acciones legales contra la inmobiliaria.