Según datos entregados por la Fiscalía, desde la entrada en vigencia de la Ley de Acoso Sexual Callejero en el 2019 hasta noviembre de este año, se han recibido 3.794 denuncias por infracción a esta legislación. De ese total, 279 casos terminaron con sentencias condenatorias, mientras que 95 fueron sobreseídos.
Esta iniciativa penaliza todo acto que signifique hostigamiento contra las mujeres y sus sanciones, que dependen del tipo de conducta, inician en los 61 días hasta los cinco años de presidio o el pago de una multa que va desde los 48 mil hasta los 971 mil pesos.
En conversación con La Tercera PM, Ymay Ortiza, directora de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, afirmó que «cuando se decide sancionar esta conducta, es porque se entiende que es de las situaciones más graves, y por eso se sanciona penalmente. Por lo tanto, también hay una comunicación que está diciendo ‘esto que ocurre en la calle es uno de los hechos más graves’ y por ello los vamos a sancionar».
Respecto a la tipificación de estos delitos, indicó que se han producido cambios «a nivel estructural, como una sanción social mucho mayor al acoso. Ahora puedes ver que hay medidas que se han optado en el transporte público, en el Metro, campañas comunicacionales. Eso ha demostrado que la norma es exitosa y, además, ha sido valorada por las agrupaciones».
¿Qué hay sobre las causas archivadas?
Desde el Ministerio Público clarifican que el aumento de judicialización de estos casos no es necesariamente una consecuencia de un aumento en los episodios, ya que antes de la existencia de la ley no había este tipo de registro, por lo que a medida que se sociabiliza la norma, es común que las denuncias aumenten.
En ese sentido, el medio citado explica que en 2019 se registraron 297 casos de acoso callejero, en 2020 fueron 975, en 2021 la cifra alcanzó los 1.285, y casi al cierre del 2022 van en 1.247. Estos números representan casos que van desde ofensas verbales en público hasta la grabación y difusión de imágenes de los genitales de un tercero.
Pese a toda esta situación, con un alto nivel de condenas, la Fiscalía señala que los ‘archivos provisionales’ o causas archivadas representan un 46% de los términos aplicados, lo que se explica por la complejidad de identificar a los imputados como autores de estos delitos, por falta de pruebas como imágenes, testigos o una descripción acabada de parte de la víctima. CHH